Primero: ¿domicilio fiscal o domicilio social?
Hay que distinguir bien. El domicilio fiscal es la dirección que figura en el censo de Hacienda donde recibes notificaciones. El domicilio social es la dirección registral de la sociedad que aparece en los estatutos y en el Registro Mercantil. Pueden coincidir o no.
Cambiar el fiscal es un trámite sencillo y gratuito ante la AEAT. Cambiar el social requiere notario y Registro Mercantil. Si tienes dudas sobre la diferencia, lee primero domicilio fiscal vs domicilio social.
Cambio del domicilio fiscal (autónomo) — modelo 037
Para autónomos en estimación directa simplificada o módulos, basta con presentar una declaración censal simplificada modificando el dato del domicilio fiscal.
- Accede a la sede electrónica de la AEAT con certificado digital o Cl@ve.
- Busca "Modelo 037 — Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja".
- Marca la casilla "Modificación" y entra en el apartado de domicilio fiscal.
- Introduce la nueva dirección. Si también cambia el domicilio a efectos de notificaciones, márcalo en su casilla específica.
- Firma y presenta. Guarda el justificante PDF.
Cambio del domicilio fiscal (sociedad) — modelo 036
Para sociedades el procedimiento es prácticamente idéntico pero con el modelo 036 (versión completa).
- Sede electrónica AEAT con el certificado digital de la sociedad o representante.
- Busca "Modelo 036 — Declaración censal de alta, modificación y baja".
- Marca "Modificación", apartado de domicilio fiscal.
- Si tu domicilio social NO va a cambiar, indícalo expresamente (la AEAT cruza con Registro Mercantil).
- Firma con el certificado digital de la sociedad y presenta.
Cambio del domicilio social (SL) — notaría + Registro Mercantil
Es bastante más laborioso. Se necesita:
- Acuerdo de Junta General de socios aprobando el cambio (o decisión del administrador único si los estatutos le facultan).
- Acta del acuerdo o certificación con firma legitimada por notario.
- Escritura pública de modificación de estatutos ante notario.
- Inscripción en el Registro Mercantil del cambio.
- Publicación en el BORME (Boletín Oficial del Registro Mercantil).
- Comunicación a la AEAT (con modelo 036, mismo trámite que el fiscal).
Coste aproximado entre notaría, registro y BORME: 200€ a 600€ según el notario y la complejidad. Si lo gestiona un asesor, suma sus honorarios.
Plazos legales
El plazo de notificación a Hacienda del cambio de domicilio fiscal es de un mes desde que se produce el cambio efectivo. El cambio de domicilio social tiene plazos propios del derecho mercantil que normalmente cumple la propia notaría con el registro.
Importante. Si te retrasas con el modelo 036/037 y Hacienda manda una notificación a la dirección antigua, el intento de entrega se considera válido aunque tú no te enteres. Cuando vuelve "dirección desconocida", la AEAT puede publicarlo en el BOE y a partir de ahí los plazos para recurrir corren contra ti sin saberlo. Casos típicos: te enteras de una sanción cuando ya es firme.
Qué pasa con las notificaciones después del cambio
A partir de la presentación del modelo, todas las notificaciones nuevas se mandan al nuevo domicilio. Las que estuvieran en curso (un procedimiento iniciado antes de tu cambio) suelen continuar con la dirección que constaba en el momento de iniciarse, salvo que indiques expresamente el cambio en el procedimiento concreto. Por eso es buena práctica, si tienes algún procedimiento abierto, comunicar también el cambio dentro del expediente.
Resumen del coste
- Domicilio fiscal (autónomo): 0€. Trámite electrónico gratuito.
- Domicilio fiscal (sociedad): 0€. Igual de gratuito.
- Domicilio social (SL): 200-600€ entre notaría, registro y BORME.
Si lo que necesitas es cambiar el domicilio fiscal a una dirección externa (no tu casa), una oficina virtual es la opción habitual. Mira los precios o lee qué incluye exactamente una oficina virtual.
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