Dos vías: papel y electrónica
Hacienda y otros organismos públicos te pueden notificar por dos canales: papel certificado a tu domicilio fiscal (Correos) o electrónicamente a través de la DEHU (Dirección Electrónica Habilitada Única). El canal depende de quién seas: personas físicas particulares siguen recibiendo en papel salvo que se hayan suscrito; autónomos, profesionales con colegio obligatorio y sociedades están obligados al canal electrónico.
Notificaciones electrónicas (DEHU)
Si eres una sociedad o un autónomo obligado a la notificación electrónica, una buena parte de tu relación con Hacienda no llegará nunca a tu oficina virtual: te llegará a la DEHU. Tu oficina virtual no resuelve esto — eso lo gestionas tú (o tu asesor) accediendo a la sede electrónica con certificado digital o Cl@ve.
Lo que sí resuelve la oficina virtual: el resto de correo certificado físico (bancos, juzgados, organismos autonómicos o municipales que aún notifican en papel, notificaciones a empresas que no están en el ámbito DEHU, etc.) y todas las notificaciones a particulares.
Notificaciones en papel: el flujo en una oficina virtual
Cuando un cartero de Correos llega con un certificado a la dirección de oficina virtual, el equipo lo recoge, comprueba que viene a nombre del cliente correcto y firma. El plazo de 10 días naturales para que la notificación se considere rechazada empieza a contar desde el primer intento de entrega, no desde que tú la leas. Por eso es crítico que el aviso al cliente sea inmediato.
Nuestro flujo:
- El equipo firma la recepción en la oficina y registra la notificación con fecha, hora y remitente.
- Se digitaliza el sobre con el remitente visible y, si tu plan incluye escaneo, también el contenido.
- Recibes un email el mismo día con el aviso. Para notificaciones de organismos públicos críticos (Hacienda, Seguridad Social, juzgados) priorizamos el envío en horas laborables.
- Decides qué quieres: recogida en persona, escaneo digital adelantado (si tu plan no lo incluye por defecto), o reenvío físico con MRW o DHL.
Los 10 días que importan
En notificaciones tributarias, el plazo para que se entienda intentada la notificación es estricto: dos intentos en días distintos y, si los dos fallan, se publica en el BOE. Si tú ya recogiste en tu oficina virtual el primer envío, la notificación está hecha y los plazos para responder o recurrir empiezan a correr.
Plazo crítico: tras recibir una notificación de Hacienda, normalmente tienes 10-15 días hábiles para responder, presentar alegaciones o pagar. No leer un email a tiempo puede costarte un recurso. Verifica que el proveedor de oficina virtual te avisa el mismo día y que tienes alertas activas en tu cuenta de email principal.
Diferencias por plan en Domicilia Tu Empresa
Nuestros planes manejan la correspondencia con distintos niveles de servicio:
- Plan Básico (30€/mes): recepción, aviso por email y custodia hasta 72 horas. Recogida presencial.
- Plan Plus: añade escaneo digital de correspondencia ordinaria y certificada (sobre americano estándar). Custodia hasta 10 días. Reenvío físico con cargo de gestión 2€ + porte.
- Plan Premium: escaneo de cualquier tipo de correspondencia (incluida paquetería). Custodia hasta 30 días. Reenvío sin coste de gestión, solo porte real.
Para autónomos y sociedades obligados a notificación electrónica, el Plan Básico suele bastar: las notificaciones críticas llegan vía DEHU y el papel es residual. Para empresas con volumen alto o que prefieren digitalizar todo, Plus o Premium aportan tranquilidad.
¿Y si me doy de baja del servicio?
Si decides cambiar a otro domicilio, comunicamos a la Agencia Tributaria que la dirección ya no es válida para tu empresa, de modo que puedan dirigirse a tu nueva dirección fiscal cuando la actualices con el modelo 036/037. Esto evita que sigan llegando notificaciones a una dirección que ya no es tuya.
Para ver el servicio completo de gestión de correspondencia, consulta nuestros servicios o lee cómo es la operativa según el tipo de oficina virtual.
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